¿ Sabías que estas normas aplican en Rioja, La ?
Título de la ley: Ley de Protección, Bienestar y Tenencia de Animales. Preámbulo
Registro de mascotas:
Obligatoriedad de identificación y registro en el Registro de Identificación de Animales de Compañía. Artículo 28, Artículo
Vacunación:
Se establecen tratamientos obligatorios, incluida la vacunación, para los animales de compañía. Artículos 30-33, Artículos 34-35
Cuidado y bienestar:
Obligaciones y prohibiciones relativas al cuidado y bienestar de los animales de compañía, incluyendo alojamiento, alimentación y ejercicio físico adecuados. Artículos 6-7, Artículo 9, Artículo 31
Paseo:
Detalles sobre el transporte seguro de animales de compañía y su acceso a espacios públicos. Artículo 8
Limpieza e higiene:
Establecimientos públicos:
Regulación de los núcleos zoológicos, incluyendo requisitos para centros de cría y establecimientos de venta de animales de compañía. Artículos 17-20
Transporte público:
Normas específicas para el transporte de animales de compañía, asegurando su bienestar. Artículo 8
Playas:
No especificado directamente. Las regulaciones sobre el acceso de mascotas a las playas pueden estar cubiertas por normativas locales o no estar mencionadas explícitamente.
Otras observaciones:
Incluye disposiciones sobre la educación, formación y sensibilización sobre el bienestar animal, así como un detallado régimen de infracciones y sanciones para garantizar el cumplimiento de la ley. Títulos VI, IX, Artículos 52-55, 64-67
* Normativa aplicable en La Rioja, España. Esta ley se aplica en toda la comunidad autónoma de La Rioja, enfocándose en la protección, bienestar y tenencia responsable de los animales. Preámbulo

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