¿ Sabías que estas normas aplican en Galicia ?
Título de la ley: Ley 4/2017, de 3 de octubre, de protección y bienestar de los animales de compañía en Galicia. Ley 4/2017
Registro de mascotas:
Obligatorio registrar e identificar a los animales de compañía en el Registro Gallego de Identificación de Animales de Compañía (REGIAC). Artículos 12
Vacunación:
Se requiere la vacunación y otros tratamientos obligatorios para mantener la salud de los animales de compañía. Artículo 8
Cuidado y bienestar:
La ley establece obligaciones detalladas para garantizar el cuidado y bienestar adecuado de los animales, incluidas las necesidades etológicas, higiene, alimentación adecuada, y acceso a cuidados veterinarios. Artículos 7, 8
Paseo:
Los animales deben ser paseados de manera que no representen un riesgo para ellos mismos o para terceros, con medidas específicas para animales potencialmente peligrosos. Artículos 16, 18
Limpieza e higiene:
Establecimientos públicos:
La ley regula los núcleos zoológicos y establece requisitos para la apertura y mantenimiento de establecimientos que alberguen animales, incluidos centros de venta y cría. Artículos 10, 13
Transporte público:
Se establecen criterios para el transporte adecuado de animales, garantizando su bienestar, aunque la ley no especifica detalladamente las normas para el transporte público. Artículo 11
Playas:
No se especifica directamente en la ley. Las normativas sobre acceso de animales a playas pueden ser reguladas a nivel local o comunitario.
Otras observaciones:
La ley incluye disposiciones sobre educación y sensibilización respecto al bienestar animal, promoviendo una tenencia responsable y consciente, así como un régimen sancionador para el incumplimiento de la ley. Artículos 32, 36-42
* Normativa aplicable en Galicia, España. Establece normas para la protección, bienestar y tenencia responsable de los animales de compañía. Preámbulo

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